No aparece nada de mis cuentas pero sí de cosas que he hecho como puesto de carreras solidarias, fotos del colegio y blog del colegio.
En mi caso, no me gustaría ver cosas personales que pudiera ver todo el mundo, pero tampoco subo nada para evitarlo. Como no sale casi nada, creo que no debería de afectar a mi futuro personal ni profesional.
En definitiva, para no tener problemas en un futuro, de cualquier tipo, deberíamos tener cuidado con lo que hacemos y subimos a la red, pues es permanente.
2) Explica de dos webs que hayas seleccionado:
WhatsApp y YouTube
A- Opciones de privacidad:
W: El material subido es mío y de la empresa. Como privacidad esta red social tiene la opción de enseñar tu perfil y confirmaciones de lectura solo a tus contactos, incluso a nadie, para evitar que cualquiera que tenga tu número pueda acceder a tu foto de perfil, ... . Y en los estados tienes la opción de compartirlos con un grupo reducido o bloquear a gente, ... .
I: El material que subo es mío y de la empresa. En esta podemos poner la cuenta privada para que solo accedan aquellas personas que tú aceptes para ver tus fotos, y dentro de esas, puedes elegir un grupo de mejores amigos para las historias que quieras.
Además, ambas RRSS tienen unas condiciones de servicio por las que cierran las cuentas de los usuarios que incumplen alguna de estas normas de privacidad.
B- Limitar la información que compartes que sea "sensible":
En un perfil de cualquier red social se debe poner únicamente la información necesaria para que tus contactos sepan que eres tú, para poder interactuar con ellos. La información que aparezca debe ser sobre todo respetuosa con todos.
3) Indica paso a paso cómo modificar las opciones de privacidad en un navegador que uses: dejar de recordar contraseñas, deje de recordar historial, ...
En el navegador Google Chrome lo que hay que hacer es abrirlo e irse a la configuración que suele estar en el menú que aparece con los tres puntos en la esquina superior derecha. Ya, una vez dentro de configuración te aparecen los ajustes de contraseña y otras opciones de privacidad. La única que nos sale a parte es el historial que se encuentra en el menú en el que buscábamos la configuración.
4) Penas que se imponen en España por:
- Suplantar la identidad digital de otra persona:
hasta la fecha no existe en España ninguna ley concreta que aborde y regule.
Sin embargo, hay artículos del Código Penal que se refieren a que se refieren a
delitos menores que también se encuentran en este, y si se puede demostrar que
hay más de uno sí habría pena, aun así en España es difícil de demostrar.
- Suplantar la identidad de otra persona haciéndose con
su cuenta o datos: Siempre va a depender de qué sea la cuenta o qué tipo de
datos.
. Si es para falsificar tarjetas de crédito es un delito de
fraude y estafa (y su pena dependerá de lo que le haya dado tiempo a robar)
. Si es de contraseñas de perfiles personales es un delito
de descubrimiento y revelación de secretos, a este se le puede añadir otro
delito de perjuicios a soportes, redes o sistemas informáticos.
Las penas que se establecen para este delito son muy
variadas en función de las circunstancias de los hechos.
- Difundir la información personal de otro ciudadano sin
tener su consentimiento: Dependiendo de la finalidad, cantidad de difusión,
.... artículos del 197 al 201 del Código Penal que dice, a modo resumen:
“Las penas de cárcel de 1 a 4 años y una multa de 12 a 24 meses se establecen para quienes se apoderen, modifiquen o utilicen información personal en perjuicio del titular o de un tercero.”